La oposición acusa al ayuntamiento de usar las redes sociales como herramienta de propaganda del partido gobernante
Por Galapagar llevó al pleno del 30 de octubre una moción para obligar al ayuntamiento a abrir sus canales oficiales a todos los grupos municipales. El PP y VOX la tumbaron. Trece votos en contra frente a siete a favor.
La portavoz de Por Galapagar, María Isabel Ramírez Gutiérrez, fue directa: la web municipal y las redes sociales del ayuntamiento muestran «versiones partidistas de la actividad municipal con exclusiva participación de los miembros del equipo de gobierno en la ausencia total de la oposición».
Su moción pedía tres cosas concretas. Uno: ceder espacio en los canales institucionales a todos los grupos para que expliquen sus propuestas. Dos: publicar las mociones en la web e incluir el sentido del voto de cada grupo. Tres: garantizar una política informativa basada en «pluralidad, objetividad, neutralidad informativa y veracidad».
Ramírez Gutiérrez apoyó la propuesta en la ley. Citó el artículo 20.3 de la Constitución —que obliga a garantizar el acceso de los grupos políticos significativos a los medios públicos— y advirtió de que usar esos medios como propaganda «no solo constituye una mala praxis, sino que puede suponer una utilización irregular de fondos públicos».
El concejal del PP José María Escudero Fernández respondió con un compromiso parcial: publicará las mociones en la web del ayuntamiento y creará un espacio independiente para los grupos municipales.
No fue suficiente para salvar la moción. La votación dejó 13 votos en contra, 7 a favor y 1 abstención.
La moción quedó rechazada.
“La ley reguladora de bases en de régimen local, artículo 69, establece que las corporaciones locales facilitarán la más amplia información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local. Las formas, los medios y los procedimientos de participación que las corporaciones establezcan en ejercicio de su potestad de autoorganización no pueden en ningún caso menoscabar las facultades de decisión que correspondan a los órganos representativos regulados por la ley. La constitución española, artículo 20.3, establece que la ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del estado de cualquier ente público, y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos respetando el pluralismo de la sociedad y las diversas lenguas de España. El artículo 5 de la ley general de comunicación audiovisual también establece la promoción del pluralismo ideológico y político en la información facilitada por las corporaciones locales. Por todo ello, la información institucional debe suministrarse a la ciudadanía sin sesgo propagandístico por el equipo de gobierno y permitiendo la participación de todos los miembros de la corporación, o al menos de los representantes de los distintos grupos municipales, atendiendo a criterios de objetividad, representatividad y valores democráticos. Una mera lectura y seguimiento del contenido divulgado en las redes sociales municipales y página municipal permiten comprobar que abundan las versiones partidistas de la actividad municipal con exclusiva participación de los miembros del equipo de gobierno en la ausencia total de la oposición. Los medios de comunicación municipales deben contar las actividades de los distintos grupos políticos para dar a conocer el trabajo que realizan a favor de la ciudadanía, así como la opinión de esto sobre la actividad municipal. La ley de régimen local al hacer referencia a la corporación en su conjunto implica que la crónica periodística de la actividad política municipal tiene que explicar las diferentes propuestas de actuación, reflejar los puntos de vista de los diversos grupos políticos representados y sus actividades. La utilización de los medios públicos como herramientas de propaganda política del partido o partidos que ostentan el poder no solo constituye una mala praxis, sino que puede suponer una utilización irregular de fondos públicos. Por todo ello proponemos los siguientes acuerdos, instar al gobierno municipal a adoptar las medidas oportunas para fomentar la participación democrática y equitativa de los medios de comunicación municipales, cediendo espacios para su empleo por todos los grupos municipales, establecer un procedimiento para garantizar la inclusión de las mociones de los grupos políticos en la web municipal, difundiendo las mismas en las redes sociales del ayuntamiento e incorporando específicamente el sentido del voto de los grupos políticos de la corporación, garantizar una política informativa municipal que asegure los principios de pluralidad, objetividad, neutralidad informativa y veracidad, defendiendo la profesionalidad de los técnicos municipales y respetando el código deontológico de la profesión periodística, habilitar un espacio y medios materiales en la web municipal, así como en las redes sociales dependientes del consistorio, a través de los cuales todos los grupos políticos de la corporación puedan expresar sus propuestas y abordar la evolución de la política municipal. Muchas gracias.”
El compromiso verbal de Escudero Fernández queda sin respaldo en acuerdo de pleno. Por Galapagar tendrá que vigilar si ese espacio para los grupos y la publicación de mociones se materializan, o si el anuncio se queda en palabras.