Plenos · Pleno del 2026-04-30

La oposición avisa de que la nueva ordenanza de árboles puede abrir la puerta a "una tala masiva" en Galapagar

Verificación automatizada. Esta pieza se ha generado a partir del vídeo del pleno y está sujeta a corrección cuando se publique el acta oficial. Cada cambio queda registrado en el historial de versiones.

El PSOE y Por Galapagar se negaron a aprobar la actualización de la norma municipal de arbolado por miedo a lo que puede pasar si se ejecuta la obra del Parque Lagos. El pleno del 30 de abril la sacó adelante con 14 votos a favor y 5 en contra.

La ordenanza de arbolado de Galapagar llevaba 14 años sin tocarse. El equipo de gobierno la llevó al pleno para adaptarla a la Ley 7/2024 de la Comunidad de Madrid, que ya había modificado la normativa autonómica de protección del arbolado urbano.

El problema, según la oposición, estaba en la letra pequeña. El artículo 13.2.a permite talar árboles afectados por obras si un expediente justifica que no hay otra alternativa. Alberto Gómez Martín (PSOE) lo dijo sin rodeos: ese redactado «puede abrir la puerta a una tala masiva si se hace alguna obra».

El PSOE puso nombre y lugar al miedo: el Parque Lagos. Gómez Martín advirtió de que la norma podría amparar la tala de «pinos y encinas» centenarias que, según explicó, ya preocupan a los vecinos de esa zona.

El artículo 14 también levantó reparos. La reposición de un árbol por cada año de edad del ejemplar talado le pareció al PSOE «un poco utópico» de cumplir en la práctica.

A eso se sumó otro fleco: el artículo 30 referencia una memoria de arbolado que, según reconoció el propio equipo de gobierno en comisión informativa, todavía no existe. Gómez Martín reclamó que esa memoria se hiciera antes de aprobar la ordenanza.

El 1º Teniente de Alcalde, Ángel Camacho Lázaro (PP), respondió que el margen de maniobra del Ayuntamiento era estrecho: «Lo que estamos haciendo es trasladar lo que ya es una ley en la Comunidad de Madrid a nuestra ordenanza». La modificación, insistió, busca que el vecino no se descargue un texto desfasado y lo aplique mal.

Paloma Lorenzo Murillo (PP) había abierto el debate en el mismo sentido: la Ley 7/2024 «hace necesario adaptar la regulación municipal a las nuevas previsiones legales» tras los cambios autonómicos.

PSOE y Por Galapagar votaron en contra. Galapagar Entre Todos y la concejal no adscrita, Carmen María Pérez Arellano, se sumaron al sí junto al PP y VOX. 14 votos a favor, 5 en contra y 0 abstenciones: aprobación inicial superada.

La ordenanza queda aprobada de forma inicial. Ahora se abre un periodo de información pública y audiencia antes de la aprobación definitiva. Es en ese tramo donde los grupos que votaron en contra, y cualquier vecino, pueden presentar alegaciones a los artículos que les preocupan.

Y la ley 7 barra 2024, de 26 de diciembre, ha introducido modificaciones en normas previas, como la ley 8 barra 2005, de 26 de diciembre, de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid, lo que hace necesario adaptar la regulación municipal a las nuevas previsiones legales. Por lo tanto, tras las últimas modificaciones de la normativa autonómica y habiendo transcurrido ya 14 años desde la entrada en vigor de la ordenanza, resulta conveniente proceder a su actualización mediante la modificación de determinados artículos,

el artículo 13.2 a, que lo ha descrito también el el señor España, que cuando el alborado se vea necesariamente afectado por orden de reparación o reforma de cualquier clase de nueva construcción de edificaciones o infraestructuras, previo expediente que justifique la inviabilidad o inconveniencia grave de cualquier otra alternativa. Nos parece, pues que esto puede abrir la puerta a una a una tala masiva si se hace si se hace alguna obra, y la que nos preocupa el el redactado. El artículo 12, también, en la reposesión de arbolado, un árbol por cada año de edad nos parece un poco, pues un poco utópico que se que se pueda cumplir. Y en el en el artículo 30, donde pone la memoria de arbolado y y te referencia a los anexos 2 y 3, creo que en comisión informativa se dirija a nuestro grupo que no hay todavía memoria de arbolado realizada. Entonces, creemos que tendría que haber una memoria de arbolado antes de de llevar la la ordenanza municipal a a aprobación de este pleno de este pleno municipal. Pues, claro, deja abierta, pues, taras, por ejemplo, si respecto a la a la obra de de Parque Lagos, que pone integrada en su entorno urbano y ambiental, si se puede abrir esto a una a una tala, pues, como están preocupados los vecinos de de algunos pinos y algunas encinas, pues nos preocupa el redactado del del artículo 13.2 a, que que pueda que pueda derivar en talas de árboles centenarios, posiblemente encinas que forman parte de la de la identidad paisajística de esa de esa zona. Cuando nuestro grupo va a votar en contra. Muchas gracias.

Muchas gracias. Solo una aclaración, que lo que estamos haciendo es trasladar lo que ya es una ley en la Comunidad de Madrid a nuestra ordenanza, es decir, nosotros no estamos inventando que la reposición sea como es, nosotros lo que estamos diciendo en la ordenanza es que nuestra ordenanza se tiene que adaptar a la ley del a la ley de la Comunidad de Madrid, punto. Nuestra nosotros no estamos imponiendo que tenga que ser, no, eso ya viene por ley, y por eso la por eso la modificación es limitada, porque lo que estamos haciendo es adaptar nuestra ordenanza a la legislación autónoma, para que no haya 2 textos distintos y generar seguridad jurídica en los vecinos cuando entran en nuestra página web y se descarguen una ordenanza y crean que tienen que aplicar una cosa que no es. Eso es en lo que consiste esta modificación.

Este artículo se ha generado automáticamente con inteligencia artificial a partir del vídeo oficial del pleno. Puede contener errores de transcripción por calidad del audio o dicción de los intervinientes. ¿Has visto un error? Escríbenos a periodicolocalauto@gmail.com.

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